MODIFICACIÓN DECRETOS DEPARTAMENTALES Nº 3718/1997 Y Nº 3927/2014 - REFERENTE A PLAN LOCAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ÁREA ENTRE LAS LAGUNAS JOSÉ IGNACIO Y GARZÓN.


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

ARTÍCULO 29°.- Modificase el artículo 59° del Decreto Departamental N° 3927/2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 59°) Subdivisión de suelo en la Subzona 2.3 Chacras del Norte en suelo suburbano residencial campestre. Se establecen las siguientes condiciones para la actuación mediante viviendas en conjuntos:
Superficie mínima del predio de actuación: 50 Hectáreas y superficie máxima de actuación inscripta en vialidad pública: 100 Hectáreas, sin perjuicio de los trazados previstos en el Plan."

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.927/014 de 25/03/2014 artículo 59.
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