EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. BELEN. CONSTITUCION. BELLA UNION




Promulgación: 05/01/1977
Publicación: 13/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 20
Referencias a toda la norma

Artículo 1

  Declárase de utilidad pública, la expropiación de los inmuebles
necesarios para el reasentamiento de los propietarios o de los poseedores
en su caso, que resultaren afectados por la ejecución de las obras del
Proyecto de Salto Grande, en los pueblos de Belén y Constitución y en la
ciudad de Bella Unión.

 El reasentamiento de los afectados se realizará en la localidad de su
procedencia. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

APARICIO MENDEZ - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - DANIEL DARRACQ -
EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER
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