CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION




Promulgación: 09/11/1977
Publicación: 18/11/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1012
 Ver:  Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 514 (se trasnfiere INDA del 
MTSS al MIDES).
Referencias a toda la norma

Artículo 4

Para el cumplimiento de los cometidos el Instituto Nacional de
Alimentación podrá:

a)   Instalar restaurantes, de conformidad a la política fijada y con
     autorización del Ministerio respectivo;

b)   Proponer al Ministerio, para su aprobación, las tarifas a cobrar
     por la prestación de sus servicios y las exenciones a otorgar;

c)   Recibir y administrar los proventos, los que se destinarán
     exclusivamente a solventar las prestaciones alimentarias que realice;

d)   Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas, con
     aprobación del Ministerio respectivo;

e)   Proponer las normas reglamentarias que deriven de la presente ley,
     así como sus modificaciones,

f)   Asesorar a instituciones públicas y privadas en la materia de su
     competencia;

g)   Elevar anualmente al Ministerio respectivo una memoria explicativa
     de la obra llevada a cabo, de sus resultados y perspectivas.
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