SUPRESION DE LOS REGISTROS DOMICILIARIOS NACIONAL, DOMICILIARIOS DEPARTAMENTALES Y EL SUPLENTE NACIONAL




Promulgación: 04/05/1979
Publicación: 25/05/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1419

Artículo 1

   Suprímense el Registro Domiciliario Nacional, los Registros
Domiciliarios Departamentales y el Registro Supletorio Nacional creados
por la Ley de Registro Cívico Nacional 7.690, de 9 de enero de 1924. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

APARICIO MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA - MANUEL J. NUÑEZ
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