Suprímense el Registro Domiciliario Nacional, los Registros Domiciliarios Departamentales y el Registro Supletorio Nacional creados por la Ley de Registro Cívico Nacional 7.690, de 9 de enero de 1924. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
APARICIO MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA - MANUEL J. NUÑEZ