APROBACION DE BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1978




Promulgación: 12/11/1979
Publicación: 29/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1207

CAPITULO I - BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 5

   La Deuda cuya emisión se autoriza será destinada por el Poder
Ejecutivo a:

1) Cancelar deudas del Tesoro Nacional al 31 de diciembre de 1978 con
   organismos públicos;
2) Cancelar total o parcialmente con particulares y siempre que el
   acreedor preste su conformidad, deudas del Estado al 31 de diciembre
   de 1978, por aprovisionamientos;
3) Cancelar los déficit económicos anteriores al 31 de diciembre de
   1978, de los organismos financieros, industriales y comerciales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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