MODIFICACION DEL TEXTO ORDENADO DGI, RELATIVO A LA CREACION DEL IMPUESTO A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES




Promulgación: 23/06/1982
Publicación: 28/06/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 1344
Reglamentada por: Decreto Nº 237/982 de 14/07/1982.
Referencias a toda la norma

Artículo 28

  El sistema de percepción, recaudación y contralor del impuesto creado en
el artículo 25 de esta ley será reglamentado por el Poder Ejecutivo, el
que podrá en los casos en que lo estime conveniente establecer sueldos o
retribuciones fictas, como base de cálculo del impuesto. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 1 y 8.
Reglamentado por: Decreto Nº 226/982 de 08/07/1982.
Referencias al artículo
Ayuda