APROBACION DE NORMAS PARA LA INSCRIPCION EN NACIMIENTO DE PERSONAS DE FILIACION ILEGITIMA




Promulgación: 16/09/1983
Publicación: 22/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La Dirección General del Registro de Estado Civil confeccionará
una nómina de caracter reservado de apellidos de uso común, a los efectos
de su asignación en los casos previstos en el artículo siguiente. (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 03/11/1983.
Ver en esta norma, artículos: 3 y 6.
Referencias al artículo
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