CREACION DE LA PRIMA POR HOGAR CONSTITUIDO PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 08/02/1985
Publicación: 15/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 669
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los topes y beneficios a que refiere el artículo anterior se
incrementarán en la ocasión y en el mismo porcentaje que lo haga el
salario mínimo nacional de la actividad privada.

   Los incrementos resultantes en ambos casos se redondearán a nuevos
pesos. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 15.748 de 14/06/1985 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.728 de 08/02/1985 artículo 3.
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