Fecha de Publicación: 14/08/1975
Página: 286-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 19/08/1975, 28/08/1975, 22/10/1975.

Artículo 14

Cuando exista diferencia entre la cantidad escrita en el cheque en número
y en letras, valdrá la escrita en letras.
Ayuda