Para ser actuario o actuario adjunto se requiere ser abogado o escribano, y tener veinticinco años de edad.
Serán designados por el Consejo Superior de la Judicatura en
consideración al mérito y la antigüedad.
Si estos nombramientos recayeren en profesionales que no desempeñaren
cargos técnicos en la Administración de Justicia, deberán rendir una
prueba de suficiencia que reglamentará el Consejo Superior de la
Judicatura.