Fecha de Publicación: 27/01/1984
Página: 126-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 20/02/1984.
Ley 15.523

Se establece la relación laboral de los tripulantes de buques de bandera nacional afectado a la pesca.

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                       PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   En los buques de bandera nacional de diez o más, toneladas de registro
bruto, afectados a la pesca de carácter comercial, el contrato de
enrolamiento determinará las condiciones de la relación laboral entre
las partes y la remuneración podrá pactarse mediante salario determinado,
a la parte, o mixta.

GREGORIO C. ALVAREZ.- Coronel NESTOR J. BOLENTINI.- JUSTO M. ALONSO.- CARLOS
MATTOS MOGLIA.
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