Negociaciones de concesiones.- Facúltase a las delegaciones del
Uruguay ante GATT y ALALC para iniciar ante dichos organismos las gestiones que corresponda, a los fines de adecuar las concesiones al
IMADUNI.
Mientras no culminen dichas gestiones, continuarán aplicándose los
niveles pactados en las Partes Contratantes de los indicados instrumentos
internacionales. A medida que se vayan acordando los niveles de acuerdo a
lo establecido en la ley, las delegaciones de Uruguay lo notificarán a la
Dirección Nacional de Aduanas para que ésta ponga en práctica las
derogaciones que establece el artículo 2º de la ley.