Fecha de Publicación: 29/04/1985
Página: 98-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 22/05/1985.
Decreto 152/985

Se establecen medidas para el sector automotriz.

Ministerio de Industria y Energía.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Economía y Finanzas.
                     
                                        Montevideo, 18 de abril de 1985.
  
   Visto: la conveniencia de implementar una política de largo plazo que
asegure la estabilidad necesaria para el desenvolvimiento de la actividad
industrial del sector automotriz, como parte de una política dirigida a
desarrollar aquellas industrias que por sus características han demostrado
ser viables y que aportan tecnología durante los procesos de fabricación,
con mano de obra calificada y eficiencia.

   Considerando: l) Que es necesario superar los actuales niveles de
producción registrados en el ensamblado de vehículos y fabricación de
autopartes;

   II) Conveniente que los instrumentos utilizados permitan un adecuado
equilibrio entre la actividad de los sectores;

   III) Que deben adoptarse medidas que permitan incrementar la ocupación
de mano de obra, así como la reactivación de exportaciones de autopartes
nacionales;

   IV) La necesidad de reglamentar el ensamblado de la categoría B
definida por decreto 128/970, del 13 de marzo de 1970;

   V) Que sólo se entiende conveniente propiciar el ensamblado de ómnibus
urbanos y suburbanos, dada la dificultad de obtener escalas de producción
mínimas, que justifique el ensamblado de ómnibus carreteros;

   VI) Que asimismo se entiende oportuna la racionalización y
simplificación de los requisitos y trámites exigidos por la actual
reglamentación de la industria automotriz.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria y Energía,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   A partir de la fecha de promulgación del presente decreto serán
aceptadas como exportaciones compensatorias de importaciones de kits y de
vehículos armados en origen, los productos terminados o semiterminados que
respondan a especificaciones de la industria automotriz, como parte o
equipamiento de vehículos automotores.

SANGUINETTI.- CARLOS JOSE PIRAN.- MARIO C. FERNANDEZ.- LUIS MOSCA.
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