Fecha de Publicación: 29/04/1985
Página: 98-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 22/05/1985.

Artículo 23

   (Disposición Transitoria) Hasta tanto el Ministerio de Industria y
Energía lo entienda pertinente y dicte una resolución fijando la nómina de
componentes y aforos para el cómputo de la integración nacional de la
categoría B1, se aplicará la establecida para los vehículos de categoría A
en el articulo 8º del decreto 233/983, del 12 julio de 1983.
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