Decreto 163/981
Se aprueba la modificación presupuestal propuesta por la Administración Municipal de Treinta y Tres, para el ejercicio 1979.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 8 de abril de 1981.
Visto: la gestión de la Administración Municipal de Treinta y Tres, por la
cual propone al Poder Ejecutivo una modificación presupuestal para el
ejercicio 1979.
Considerando: que esta modificación presupuestal, cuenta con la aprobación
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del
Tribunal de Cuentas.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la
Administración Municipal de Treinta y Tres para el ejercicio 1979, cuyos
montos quedan fijados en N$ 21:218.460.53 (veintiún millones doscientos
dieciocho mil cuatrocientos sesenta nuevos pesos con 53/100).
Los mismos presentarán la siguiente composición:
I) Egresos: (en miles de nuevos pesos):
Vigente Proyectado
Retrib. Personales....................... 4.072.0 7.456.0
Benef. y Cargas Sociales................. 670.8 1.545.6
------- --------
Subtotal................................. 4.742.8 9.001.6
Gastos de Funcionamiento................. 3.436.0 9.293.9
Inversiones.............................. 1.579.9 2.923.0
------- --------
TOTAL............................... 9.758.7 21.218.5
------- --------
II) Recursos: (en miles de nuevos pesos):
A - De Origen Departamental:
Vigente Proyectado
Cont. Inmob. Rural....................... 1.755.7 2.498.9
Remates.................................. 2.300.0 5.500.0
Cont. Inmob. Urbana...................... 614.8 900.0
Patente de Rodados....................... 1.250.0 1.250.0
Tasa Bromatológica....................... 150.0 650.0
Tasa emp. y reemp........................ 529.0 680.0
Derechos de Exp.......................... 350.0 1.200.0
Abasto de carne.......................... 532.2 3.000.0
Otros.................................... 1.025.3 3.682.1
B - De Origen Nacional:
Aporte patronal.......................... 406.7 1.267.5
M.T.O.P.................................. 420.0 400.0
Ley 14.550 artículo 38................... 325.0 --
Otras disposiciones...................... 100.0 190.0
------- --------
Benef. y Cargas Sociales................. 670.8 1.545.6
------- --------
TOTAL............................... 9.758.7 21.218.5
------- --------
La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección
General de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de
insuficiencia financiera en los términos dispuestos por el artículo 50 de
la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.
Comuníquese, publíquese, etc.
Junta de Vecinos de Treinta y Tres.
La Junta de Vecinos en sesión de hoy ha sancionado el siguiente
DECRETO:
Artículo 1º - Apruébase la modificación del Presupuesto General Municipal
para el año 1979.
Art. 2º - El mismo será financiado con los siguientes recursos, de origen
departamental N$ 19:360.940.53 (nuevos pesos diecinueve millones
trescientos sesenta mil novecientos cuarenta con 53/100), de origen
nacional N$ 1:857.520.00 (nuevos pesos un millón ochocientos cincuenta y
siete mil quinientos veinte), total de ingresos N$ 21:218.460.53 (nuevos
pesos veintiún millones doscientos dieciocho mil cuatrocientos sesenta con
53/100), según planillado adjunto.
Art. 3º - Pase al Ministerio de Economía y Finanzas a sus efectos,
comuníquese a la Intendencia Municipal, insértese, etc.
Sala de Sesiones de la Junta de Vecinos a los diez días del mes de
diciembre de mil novecientos setenta y nueve.
MANUEL A PENA LOPEZ Presidente - ANSELMO V MACEDO SAAVEDRA Encargado de
Secretaría.
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