Decreto 163/981
Se aprueba la modificación presupuestal propuesta por la Administración Municipal de Treinta y Tres, para el ejercicio 1979.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 8 de abril de 1981.
Visto: la gestión de la Administración Municipal de Treinta y Tres, por la
cual propone al Poder Ejecutivo una modificación presupuestal para el
ejercicio 1979.
Considerando: que esta modificación presupuestal, cuenta con la aprobación
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del
Tribunal de Cuentas.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la
Administración Municipal de Treinta y Tres para el ejercicio 1979, cuyos
montos quedan fijados en N$ 21:218.460.53 (veintiún millones doscientos
dieciocho mil cuatrocientos sesenta nuevos pesos con 53/100).
Los mismos presentarán la siguiente composición:
I) Egresos: (en miles de nuevos pesos):
Vigente Proyectado
Retrib. Personales....................... 4.072.0 7.456.0
Benef. y Cargas Sociales................. 670.8 1.545.6
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Subtotal................................. 4.742.8 9.001.6
Gastos de Funcionamiento................. 3.436.0 9.293.9
Inversiones.............................. 1.579.9 2.923.0
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TOTAL............................... 9.758.7 21.218.5
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II) Recursos: (en miles de nuevos pesos):
A - De Origen Departamental:
Vigente Proyectado
Cont. Inmob. Rural....................... 1.755.7 2.498.9
Remates.................................. 2.300.0 5.500.0
Cont. Inmob. Urbana...................... 614.8 900.0
Patente de Rodados....................... 1.250.0 1.250.0
Tasa Bromatológica....................... 150.0 650.0
Tasa emp. y reemp........................ 529.0 680.0
Derechos de Exp.......................... 350.0 1.200.0
Abasto de carne.......................... 532.2 3.000.0
Otros.................................... 1.025.3 3.682.1
B - De Origen Nacional:
Aporte patronal.......................... 406.7 1.267.5
M.T.O.P.................................. 420.0 400.0
Ley 14.550 artículo 38................... 325.0 --
Otras disposiciones...................... 100.0 190.0
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Benef. y Cargas Sociales................. 670.8 1.545.6
------- --------
TOTAL............................... 9.758.7 21.218.5
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