Los profesionales afiliados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de
Profesionales Universitarios deberán efectuar sus aportes en dicha
Institución. Los escribanos realizarán su aporte en la Caja Notarial de
Seguridad Social. Estos aportes serán depositados, mes a mes, en una
cuenta especial en el Banco de la República Oriental del Uruguay, a
nombre de la Comisión Honoraria Administradora del Fondo de Solidaridad.
Los egresados comprendidos en esta ley y cuya profesión no sea amparada
por las Cajas previsionales referidas, abonarán el tributo en el Banco de
la República Oriental del Uruguay en la forma en que la Comisión
determine.