Aprobado/a por: Decreto Nº 111/009 de 02/03/2009.
  Artículo 3.- Modifíquese el encabezado de la tabla correspondiente al Artículo 30.2.5. de la Sección 2 - Hongos y productos de hongos -Disposiciones particulares para hongos y productos de hongos -, del Capítulo 30 - Alimentos varios -, del citado Decreto, en el sentido de que donde dice: "Cenizas m/m", debe decir: "Cenizas insolubles en HC1 al 10%, m/m".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 315/994 de 05/07/1994 Capítulo 30 
Sección 2, numeral 30.2.5.
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