Aprobado/a por: Decreto Nº 135/007 de 16/04/2007 artículo 2.
VI.- DERECHOS QUE OTORGA EL CONCURSO
El postulante estará ubicado en una lista de precedencia en relación a las calificaciones obtenidas. De la misma, y en orden descendente, se designarán los ingresos en las vacantes existentes.
De aceptar esta designación, el postulante deberá cumplir el respectivo Curso de Preparación Funcional con la duración de un mes.
La lista de precedencia tendrá validez por el plazo de un año a partir de la fecha de elaboración de la misma. Vencido dicho plazo, caducarán los derechos obtenidos por el postulante en el concurso respectivo.


(*)Notas:
Apartado VI se modifica/n por: Decreto Nº 338/012 de 23/10/2012 artículo 
8.
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