Aprobado/a por: Decreto Nº 206/005 de 05/07/2005 artículo 1.
Ver vigencia: Decreto Nº 133/007 de 16/04/2007.
VI. DERECHOS QUE OTORGA EL CONCURSO
El postulante estará ubicado en una lista de precedencia en relación a
las calificaciones obtenidas. De la misma, y en orden descendente, se
designarán los ingresos en las vacantes existentes.
De aceptar esta designación, el postulante deberá cumplir el Curso de
Preparación Funcional.
La lista de precedencia tendrá validez por el plazo de un año a partir de
la fecha de elaboración de la misma. Vencido dicho plazo, caducarán los
derechos obtenidos por el postulante en el concurso respectivo.


(*)Notas:
Numeral VI) se modifica/n por: Decreto Nº 143/006 de 24/05/2006 artículo 
1.
Ayuda