Aprobado/a por: Decreto Nº 300/004 de 17/08/2004.
Artículo 2do.- Sustitúyese el literal A.- del numeral II.- De las Pruebas
- de la Reglamentación mencionada, el cual quedará redactado de la siguiente manera: A.- Las Pruebas de Concurso se realizarán en los meses
de octubre y noviembre.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 248/999 de 10/08/1999 numeral 2 
Literal a).
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