Aprobado/a por: Decreto Nº 395/004 de 09/11/2004.
Artículo 5to.- Sustitúyese el articulo 38 del Reglamento de Calificación
y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

   "Artículo 38.- Los ascensos del Personal Subalterno se otorgarán de la
siguiente forma:

   -De Soldado de 1ra a Cabo de 2da: 50% Calificación de Grado y 50%
Concurso.-

   -De Cabo de 2da a Cabo de 1ra: Calificación de Grado.-

   -De Cabo de 1ra a Sargento: Concurso.-

   -De Sargento a Sargento 1ro: 50% Calificación de Grado y 50% 
Concurso.-

   -De Sargento 1ro a Sub-Oficial Mayor: 50% Calificación de Grado y 50%
Concurso".-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 39/000 de 01/02/2000 artículo 38.
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