Fe de erratas publicada/s: 05/10/1993.
Aprobado/a por: Decreto Nº 404/993 de 14/09/1993 artículo 1.
Artículo 14.- La Dirección Nacional de Comunicaciones establecerá el
Reglamento tipo de exámenes para las distintas categorías de
radioaficionados, con las exigencias mínimas que se consideren necesarias
al efecto.
 Los aspirantes a radioaficionados podrán ingresar a la categoría Novicio o a la categoría Intermedia, según requisitos y exámenes
correspondientes. 

(*)Notas:
Se modifica/n por:
      Decreto Nº 322/999 de 12/10/1999 artículo 1,
      Decreto Nº 45/996 de 13/02/1996 artículo 3.
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