Aprobado/a por: Decreto Nº 449/993 Derogada/o de 19/10/1993 artículo 1.
   Artículo 1.- Sustitúyese el literal b) del artículo 1° del Reglamento
sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar aprobado por
decreto 864/988 de fecha 20 de diciembre de 1988, el que quedará 
redactado de la siguiente manera:

   ARTICULO 1º.- "b) Ser soltero, sin descendencia, debiendo permanecer 
en esa situación hasta egresar del Instituto.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 864/988 de 20/12/1988 artículo 1 
literal b).
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