Aprobado/a por: Decreto Nº 864/988 Derogada/o de 20/12/1988 artículo 1.
                             TITULO I

          Condiciones del Ingreso al Curso Preparatorio

                            CAPITULO I 
                   Requisitos para el Ingreso

Artículo 1º  Para ingresar al Curso preparatorio se 
requiere:

a) Ser Oriental (ciudadano natural) y de sexo masculino;  
b) Ser soltero, sin descendencia, debiendo mantener en 
esa situación hasta
egresar del Instituto;  
c) Tener no más de veintiún años de edad al 1º de marzo del año en que
se pretende ingresar;
d) Haber prestado Juramento de Fidelidad a la Bandera;
e) Poseer buena conducta;
f) Haber  cursado con aprobación 6º año de Educación Secundaria Básica
y Superior en sus orientaciones Humanística o Científica o sus
equivalentes del Consejo de Educación Técnico Profesional.  
g) Inscribirse personalmente en la Escuela Militar (Jefatura de
Estudios), Liceo Militar "General Artigas" o Unidades Militares del
interior del País, en el plazo que anualmente determine la Dirección
de la Escuela Militar;
h) Ser  declarado apto en los exámenes establecidos en los Capítulos V
y VI del presente Reglamento;
i) Realizar el Concurso de Admisión conformado por los exámenes
descriptos en los Capítulos VII, VIII, IX ó X del presente 
Reglamento y obtener beca en el mismo, u obtener beca con 
exoneración de exámenes culturales, según lo establecido en el Capítulo XI de este Reglamento.


(*)Notas:
Se modifica/n por:
      Decreto Nº 309/007 de 27/08/2007 artículo 1,
      Decreto Nº 449/993 de 19/10/1993 artículo 2.
Literal b) se modifica/n por: Decreto Nº 449/993 de 19/10/1993 artículo 1.
Literal c) se modifica/n por: Decreto Nº 338/002 de 27/08/2002 artículo 1.
Literales a), b), f) y j) se modifica/n por: Decreto Nº 434/997 de 
11/11/1997 artículo 1.
Ayuda