REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE VETERINARIA Y
REMONTA (ROF 2-01)
Aprobado/a por: Decreto Nº 592/988 de 20/09/1988 artículo 1.
CAPITULO III
ESTRUCTURA ORGANICA
3. El Servicio de Veterinaria y Remonta dependerá del Comando de Apoyo
Administrativo del Ejército.
3.1 El Servicio de Veterinaria y Remonta se compone de:
3.1.1 Dirección (Director y Subdirector).
3.1.2 Secretaría General.
3.1.3 Ayudantía
3.1.4 División I (Remonta y Abastecimiento).
3.1.5 División II (Veterinaria).
3.1.6 División III (Contable).
3.1.7 División IV (Personal y Servicios).
3.1.8 Departamento de Explotaciones Agropecuarias.
3.1.8.1 Campo Militar Nº 1 "Los Cerrillos" y Haras "General Fausto
Aguilar".
3.1.8.2 Campo Militar Nº 2 "Zapará".
3.1.8.3 Campo Militar Nº 3 "Arerunguá" y Haras Militar "Los
Orientales".
3.1.8.4 Campo Militar Nº 4 "Soca".
3.1.8.5 Campo Militar Nº 5 "Santa Teresa y San Miguel".
3.1.9 Cuerpo de Inspectores.
3.1.10 Organigrama - Anexo Nº 1.
3.2 DIRECTOR
3.2.1 Será desempeñado por un Oficial Superior del Arma de Caballería.
3.2.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.2.2.1 Dirigir, regular y fiscalizar las actividades del Servicio.
3.2.2.2 Asesorar al Comando de Apoyo Administrativo en todo asunto
relacionado con las funciones del Servicio de Veterinaria y
Remonta.
3.3. SUBDIRECTOR
3.3.1 Será desempeñado por un Oficial Superior del Arma de Caballería;
será el segundo en el mando y dirección del Servicio de Veterinaria
y Remonta del Ejército y suplantará al Director durante las
ausencias temporales del mismo y ocupará transitoriamente dicho
cargo, en caso de estar vacante.
3.4 AYUDANTIA
3.4.1 Estará integrada por el Ayudante del Director, que será un
Oficial Subalterno y el personal que se le asigne; tendrá la función
de asistir a los Directores en las tareas que encaren personalmente.
3.5 SECRETARIA GENERAL
3.5.1 Estará bajo las órdenes de un Jefe del Ejército y será el
Oficial Ejecutivo de la Dirección. Cumplirá funciones de Oficina de
Información y Operaciones del Servicio y de trámite y archivo, de
todo asunto o documentación destinado o expedido por la Dirección.
3.6 DIVISION I (REMONTA Y ABASTECIMIENTO)
3.6.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
Ejército del Arma de Caballería.
3.6.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.6.2.1 Obtener, distribuir y controlar el ganado equino de Unidades,
Institutos, Reparticiones y del Personal Superior.
3.6.2.2 Obtener, distribuir y controlar el forraje para el ganado del
Ejército.
3.6.2.3 Mantener actualizadas las estadísticas y realizar la difusión
sobre la producción del ganado caballar.
3.7
DIVISION II (VETERINARIA)
3.7.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
Ejército del Arma de Caballería, pudiendo ser desempeñado dicho
cargo, por un Jefe Técnico-Profesional, acorde a las
disponibilidades de Personal y criterio para el caso de la
Dirección.
3.7.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales.
3.7.2.1 Asegurar apoyo médico - veterinario a Unidades, Institutos,
Reparticiones y Servicios del Ejército, para grandes y pequeños
animales.
3.7.2.2 Fomentar la realización de trabajos científico-veterinarios en
beneficio de las metas y objetivos perseguidos por las Fuerzas
Armadas.
3.7.2.3 Contribuir a la mayor capacitación técnica de sus integrantes,
fomentando trabajos de investigación e intercambiando información
científica con otros organismos estatales y privados, nacionales o
extranjeros y asegurar los cursos de formación y perfeccionamiento
para ello.
3.7.2.4 Realizar o dirigir inspecciones técnicas sobre estado de
alimentos destinados al personal de las Fuerzas Armadas u otros
grupos, según órdenes superiores, así como sobre la caballada,
forraje, herrado y empleo de los materiales destinados a esos
fines en Unidades, Reparticiones, Institutos y Servicios.
3.7.2.5 Formar personal técnico auxiliar del Médico - Veterinario, en
particular Enfermeros Veterinarios y Herradores.
3.8 DIVISION III (CONTABLE)
3.8.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
Ejército.
3.8.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.8.2.1 Asesorar en materia económica, financiera y contable.
3.8.2.2 Elevar a la Dirección del Servicio las necesidades de rubros
presupuestales y refuerzos de los mismos.
3.8.2.3 Administrar rubros y proventos, fiscalizar su utilización de
acuerdo a las necesidades legales sobre contabilidad y
administración financiera.
3.9
DIVISION IV (PERSONAL Y SERVICIOS)
3.9.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
Arma de Caballería.
3.9.2 Tendrá como función y responsabilidad principal.
3.9.2.1 Asegurar el normal funcionamiento de la vida interna del
Servicio en lo referente a personal, seguridad y servicios.
3.10
DEPARTAMENTO DE EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS
3.10.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
Ejército del Arma de Caballería.
3.10.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.10.2.1 Ejecutar los planes previstos, tomando a su cargo las medidas
pertinentes para que se cumplan las metas en lo inherente a
mejoramiento de la raza caballar, a fin de obtener la remonta de
las Unidades del Ejército.
3.10.2.2 Controlar que los planes previstos se cumplan en los Campos
Militares, de manera de realizar una explotación agropecuaria
racional, eficiente y rentable.
3.10.2.3 Controlar que los costos de producción se adapten a una
correcta explotación acorde a los planes.
3.10.2.4 Ejercerá la coordinación entre el Director y los Campos
Militares.
3.11
CAMPOS MILITARES
3.11.1 El cargo de Jefe de Campo será desempeñado por Jefes del
Ejército del Arma de Caballería.
3.11.2 Dependerán directamente de la Dirección del Servicio y serán
coordinados por el Jefe del Departamento de Explotaciones
Agropecuarias.
3.11.3 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.11.3.1 Administración y gobierno de la dotación, existencia y
personal asignados a cada campo, ejecutando los planes y
directivas emanadas de la Dirección a través del Departamento de
Explotaciones Agropecuarias, con la finalidad de optimizar la
producción de los mismos, a la vez que efectuar sugerencias que
faciliten a la Dirección la adopción de decisiones.
3.11.3.2 Ejercer la autoridad y asumir la responsabilidad de mando que
los Códigos y Reglamentos del Ejército acuerdan a su cargo y
jerarquía.
3.12 CUERPO DE INSPECTORES
3.12.1 Estará integrado por Oficiales Superiores de las Armas de
Caballería o Artillería.
3.12.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.12.2.1 Representar a la Dirección con el cometido de realizar:
- Inspecciones sobre el funcionamiento del Servicio y sus
actividades.
- Inspecciones de inventario a Comando, Institutos, Unidades,
Servicios y Reparticiones del Ejército, de existencias del
Servicio.
- Control en las anteriormente citadas dependencias del Ejército,
sobre el material y equipo del Servicio.
- Otras inspecciones que la Dirección estime necesarias.
- Estudios ordenados por la Dirección del Servicio.
- Para el cumplimiento de sus tareas se ajustarán a lo
establecido en el Reglamento General para las Inspecciones Nº
81 del Comando General del Ejército.
(*)Notas:
3.7.1, 3.9.1, 3.10.1 y 3.11.1 se modifica/n por: Decreto Nº 333/991 de
26/06/1991 artículo 1.
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