REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Fe de erratas publicada/s: 15/01/1976.
Aprobado/a por: Decreto Nº 982/975 de 23/12/1975 artículo 1.
Artículo 5.- Los cometidos propios de la Dirección General Impositiva que conforme a lo establecido en el artículo primero se ejercerán por las Direcciones de Recaudación, Técnico Fiscal, Fiscalización, Administración y Sistemas de Apoyo y las atribuciones que entre las demás necesarias para el debido cumplimiento de tales cometidos podrá delegar en las Direcciones citadas el Director General de Rentas, serán los que se enumeran en este artículo para cada Dirección.
Los cometidos que se asignan a cada Dirección podrán ser ejercidos por
ésta directamente o por intermedio de las Unidades que las integran.
A) DIRECCION DE RECAUDACION
I) Cometidos:
- Administrar, ejecutar y evaluar los planes, programas y actividades
concernientes a la recaudación de los tributos que las leyes y
reglamentos encomienden a la Dirección General Impositiva.
II) Atribuciones:
- Otorgar certificaciones en general, vincudadas a la situación fiscal
de los contribuyentes con la Dirección General Impositiva y al
cumplimiento de obligaciones tributarias.
- Conceder y anular facilidades de pago.
- Autorizar compensaciones, transferencias y devoluciones de impuestos.
- Autorizar cobros con certificados de reintegro.
- Dirigir y controlar el funcionamiento de las Sucursales y Agencias
del Interior del País de acuerdo a las normas emitidas por cada
Dirección.
- Representar a la Dirección General Impositiva en los procedimientos
judiciales o extrajudiciales para el cobro de créditos tributarios y
en la adopción de medidas precautorias, para asegurar las mismas.
- Expedir las certificaciones necesarias para la comparecencia de los
procuradores ante los Estados.
B) DIRECCION TECNICO FISCAL
I) Cometidos:
- Asesorar a la Dirección General Impositiva en todos los aspectos de
índole jurídica, técnico fiscal, económico y notariales en que se
requiera su intervención, así como administrar, ejecutar y evaluar
programas y actividades que, en los referidos aspectos se
desarrollen.
II) Atribuciones:
- Otorgar certificaciones en general referidas a la materia de su
competencia.
- Patrocinar y representar a la Dirección General Impositiva en las
causas en que ésta debe intervenir, excepto en las acciones para el
cobro de adeudos fiscales y denuncias de defraudación (Artículo 110º
del Código Tributario).
- Autorizar escrituras de garantías a favor de la Dirección General
Impositiva.
- Expedir los certificados necesarios para acreditar la personería de
los procuradores.
C) DIRECCION DE FISCALIZACION
I) Cometidos:
- Administrar, ejecutar y evaluar los planes, programas y actividades
relacionados con la fiscalización de los tributos que las leyes
encomiendan a la Dirección General Impositiva.
II) Atribuciones:
- Otorgar certificaciones en general relacionadas con la materia de su
competencia.
- Celebrar acuerdos con los contribuyentes para el pago de tributos y
sanciones de carácter pecuniario conforme a la legislación vigente,
así como otorgar facilidades para el pago de los adeudos tributarios
resultantes.
D) DIRECCION DE ADMINISTRACION
I) Cometidos:
- Administrar, ejecutar y evaluar, planes programas y actividades de
administración de personal, impresiones, bienes, documentos, fondos,
locales y contralor previo, concomitante y subsiguiente de los
ingresos y egresos.
II) Atribuciones:
- Otorgar certificaciones en general relacionadas con aspectos de su
competencia.
- Conceder licencias y pronunciarse en los demás aspectos referidos
a la situación del personal conforme a lo establecidos en las
normas pertinentes.
- Las establecidas en las normas aplicables en lo referente al trámite
administrativo, sustanciación de los mismos, notificaciones y demás
aspectos relacionados con las materias indicadas.
- Las contenidas en las normas sobre Contabilidad y Administración
Financiera del Estado relativas a órdenes de gastos e inversiones
y pagos inherentes a los mismos.
- Autorizar la impresión de valores.
E) DIRECCION DE SISTEMA DE APOYO:
I) Cometidos:
- Administrar, ejecutar y evaluar, planes, programas y actividades
relacionada con Capacitación, Organización y Métodos, Procesamiento
Automático de Datos, Estadísticas, Registro de Contribuyentes,
Difusión de Normas y Consultas y Relaciones Públicas.
II) Atribuciones:
- Otorgar certificaciones en general.
- Resolver sobre las prioridades y necesidades de capacitación.
- Aprobar el diseño y utilización de nuevos formularios.
- Aprobar programas y determinar prioridades para el Procesamiento
Automático de Datos.
- Administrar el Registro de Contribuyentes.
- Resolver sobre las consultas vinculantes y no vinculantes.
- Proporcionar información estadística a organismos ajenos a la
Dirección General Impositiva.
(*)Notas:
Inciso 3 se modifica/n por: Decreto Nº 508/983 de 28/12/1983 artículo 2.
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