Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 187,
Ley Nº 17.503 de 30/05/2002 artículo 1 numeral 5º).
Artículo 3
Créase la Comisión de Catástrofes Climáticas que funcionará en la órbita
de la Dirección General de la Granja (DI.GE.GRA.), del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, y que estará integrada por el Director
General de la Dirección General de la Granja (DI.GE.GRA.) que la
presidirá; un técnico de la Oficina de Programación y Política
Agropecuaria (OPYPA); un integrante de la Junta Nacional de la Granja
(JUNAGRA) en representación de ésta y proveniente de los productores y un
representante de la Dirección Nacional de Meteorología (DNM).