PRORROGA DE PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 5º DEL DECRETO 398/019, RELATIVO A PRODUCTOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS PARA LA SALUD HUMANA O MEDIO AMBIENTE, INGRESADOS AL PAIS
Créase una Comisión Interministerial a los efectos de evaluar las condiciones para la instrumentación de lo previsto en la norma reglamentaria indicada, en concordancia con las disposiciones normativas vigentes que se aplican a los productos incluidos en su Anexo sean de origen nacional o importado.