CONTROL DE LA DIRECCION DE METROLOGIA LEGAL. INSTRUMENTOS DE MEDICION




Promulgación: 09/01/1985
Publicación: 22/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 25

Artículo 3

  El símbolo estará constituído por un círculo exterior de veintiocho
milímetros de diámetro y un círculo interior de veintiún milímetros de
diámetro, entre ambos lucirá la inscripción: Dirección de Metrología
Legal, Ministerio de Industria y Energía. En el interior de la
circunferencia se establecerá la sigla DIMEL, el año correspondiente a
la verificación, y una figura, de acuerdo al modelo proyectado en
expediente por la Dirección de Metrología Legal, debiendo utilizarse en
la confección del símbolo adhesivo, papel tipo calcomanía con colores,
rojo, blanco, negro y gris. El precinto será colocado por pinzas que
contengan un cuño impreso de un diámetro de diez milímetros y de iguales
características al símbolo descripto anteriormente, pero sustituyéndose
con letras mayúsculas la inscripción con respecto al año. Estas
identificaciones serán utilizadas indistintamente de acuerdo con la
conformación, material o tamaño de los instrumentos de medición
verificados.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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