APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1991




Promulgación: 27/02/1991
Publicación: 17/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
    Visto: el Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland, correspondiente al ejercicio 1991.

    Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

    Atento: a lo expuesto precedentemente

    El Presidente de la República


                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland correspondiente al Ejercicio 1991, de acuerdo con el siguiente detalle:

I - INGRESOS.                            N$                       N$
=====================          -------------------------------------------
A. Ingresos Propios.                                      1,090,461,256,00
---------------------                                     ----------------
1. Ventas Netas.                   704,872,001,000
2. Transf. Interdivisionales.       12,339,007,000
3. IMESI e IVA.                    347,443,385,000
4. Otros.                           25,806,863,000
                                   ---------------
B. Financiamiento Externo.                                   26,660,920,00
--------------------------                                ----------------
C. Total.
                                                          1,117,122,176,00===========================                               ================
II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                               1,044,218,072,00
===========================                               ================

Rubro          Denominación              N$                       N$
--------------------------------------------------------------------------
1.0.0   Retribución de Servicios Personales                  16,572,073,00
  1     Personal Presupuestado       7,366,923,000
                                     ~~~~~~~~~~~~~~
        - Sueldos básicos            7,364,030,000
        - Adelanto a cuenta              2,893,000
  2     Personal contratado          1,253,131,000
                                     ~~~~~~~~~~~~~~
        - Otros Contratados.         1,252,931,000
        - Adelanto a cuenta                200,000
  3     Otras Compensaciones         7,952,019,000
                                     ~~~~~~~~~~~~~~
        - Varios                     3,679,623,000
        - Prima por Antigüedad       1,180,031,000
        - Quebranto de Caja             34,429,000
        - Compensación Producto.       442,173,000
        - Viático Aliment, con 
          Montepío.                  1,360,197,000
        - Viático Aliment, sin 
          Montepío.                  1,255,566,000
                                     --------------
1.0.1   Cargas Legales sobre Servicios Personales            4,071,484,000
        - Aportes Soc. a Orga. Est.
          y Paraest.                 4,071,484,000                        
1.0.2   Materiales y Suministros.                          560,629,295,000
        - Compra de Crudo.         424,718,504,000
        - Imp. de Derivados.       116,098,469,000
        - Varios.                   19,812,322,000
                                   ----------------

1.0.3   Servicios no Personales.                            98,047,086,000
1.0.4   Máq, Equipo y Mob. Nuevos.                           1,902,318,000
1.0.7   Subsidios y otras transferencias.                  342,646,606,000
    3   Otras transf. a Org.Públicos.   91,735,000  
    4   Otras transf. a Org.Privados.   91,735,000
    5   Transf. a Unidades 
        Familiares.                  2,063,815,000 
                                     ~~~~~~~~~~~~~~
        - Hogar Constituído            668,210,000
        - Asignación Familiar          222,413,000
        - Prima por Nacimiento y
          Matrimonio                    10,829,000
        - Servicios médicos          1,162,363,000
    7   Becas                           10,850,000
    9   Tributos Municipales y
        Nacionales                 340,388,471,000
                                   ----------------
1.0.8   Servicio de Deuda y Anticipos.                         531,849,000
1.0.9   Asignaciones Globales.                              19,817,361,000
                                                            --------------
III - INVERSIONES.                                          51,723,490,000 
==============================                              ==============

Rubro     Denominación                      N$                    N$
--------------------------------------------------------------------------
0      Retribución de Servicios Personales                      93,935,000       
1      Cargas Legales sobre Servicios Personales                23,723,000
3      Servicios no Personales.                              6,595,174,000
4      Máq.Equipo y Mob. Nuevos.                            36,705,849,000
6      Construcciones, Mejoras y Reparac. Ext.               6,730,362,000
7      Subsidios y otras Transferencias.                         4,307,000
8      Servicio de Deudas y Anticipos.                       1,570,140,000
                                                            --------------
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período set.-diciembre de 1990.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno, la Tasa de Inflamables y el Impuesto al Valor Agregado por N$ 340.338:958.000 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.1.ALCOHOLES.
-------------------------

I - INGRESOS.                               N$                    N$
=========================           --------------------------------------
A.Ingresos Propios.                                         53,316,486,000
---------------------                                     ----------------
 1.Ventas Netas.                        29,762,560,000    
 2.Transf. Interdivisionales.              212,518,000
 3.IMESI e IVA.                         22,799,557,000
 4.Otros.                                  541,851,000
                                        ---------------
B.Total.                                                    53,316,486,000   
=========================                                 ================

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                 47,053,028,000
============================                              ================

Rubro     Denominación                        N$                   N$
--------------------------------------------------------------------------
1.1.0   Retribución de Servicios Personales                  5,176,842,000     
   1    Personal presupuestado           2,759,610,000
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Sueldos básicos                 2,759,860,000
        -Adelanto a cuenta                   1,750,000
   2    Personal contratado                 89,651,000
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Otros Contratados.                 89,651,000
        -Adelanto a cuenta                           0
   3    Otras Compensaciones             2,325,581,000  
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Varios                            621,256,000
        -Prima por Antigüedad              506,772,000
        -Quebranto de Caja                   4,782,000
        -Compensación Producto.            158,693,000
        -Viático Aliment. con Montepío.    537,721,000
        -Viático Aliment. sin Montepío.    496,357,000
                                        ---------------
1.1.1   Cargas Legales sobre Servicios Personales            1,254,586,000
1.1.2   Materiales y Suministros.                           17,144,596,000
1.1.3   Servicios no Personales.                             4,777,767,000
1.1.4   Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                             172,429,000
1.1.7   Subsidios y otras transferencias.                   17,863,964,000
    3   Otras transf. a Org. Públicos.       2,145,000                 
    4   Otras transf. a Org. Privados.       6,463,000
    5   Transf. a Unidades Familiares.     725,052,000
                                        ---------------
        -Hogar Constituído                 235,060,000
        -Asignación Familiar                69,683,000
        -Prima Nacimiento y Matrimonio       4,925,000
        -Servicios médicos                 415,384,000
    7   Becas                               10,850,000
    9   Tributos Municipales y 
        Nacionales                      17,119,454,000
                                        ---------------
1.1.9   Asignaciones Globales.                                 662,844,000
                                                            --------------
III - INVERSIONES.                                             495,800,000
===============================                             ==============
Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
4    Máq, Equipo y Mob. Nuevos.                                447,598,000
6    Construcciones, Mejoras y Reparac. Ext.                    48,202,000
                                                            --------------
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período set.-diciembre de 1990.

El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno, la Tasa Bromatológica y el Impuesto al Valor Agregado por N$ 17.119:454.000 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.2. PORTLAND.
------------------------
I - INGRESOS.                                    N$               N$
========================                  ---------------   --------------         
A.Ingresos Propios.                                         45,777,509,000
------------------------                                    --------------
 1.Ventas Netas.                          37,787,260,000
 2.Transf. Interdivisionales.                 41,986,000
 3.IVA.                                    7,948,263,000
                                          --------------
C.Total                                                     45,777,509,000
===========================                                 ==============

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                 39,220,439,000
===========================                                 ==============

Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
1.2.0   Retribución de Servicios Personales                  5,615,390,000
   1    Personal presupuestado             2,761,272,000
                                           ~~~~~~~~~~~~~~
        -Sueldos básicos                   2,759,072,000
        -Adelanto a cuenta                     2,200,000
   2    Personal contratado                   89,651,000
                                           ~~~~~~~~~~~~~~
        -Otros Contratados                    89,651,000
   3    Otras Compensaciones               2,764,467,000
                                           ~~~~~~~~~~~~~~
        -Varios                            1,085,300,000
        -Prima por Antigüedad                472,987,000
        -Quebranto de Caja                     4,303,000
        -Compensación Producto.              167,799,000
        -Viático Aliment. con Montepío.      537,721,000
        -Viático Aliment. sin Montepío.      496,357,000
                                           --------------
1.2.1   Cargas Legales sobre Servicios
        Personales                                           1,370,928,000
1.2.2   Materiales y Suministros.                           20,258,330,000
1.2.3   Servicios no Personales.                             4,001,309,000
1.2.4   Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                           3,264,935,000
1.2.7   Subsidios y otras transferencias                     3,513,010,000
    3   Otras transf. a Org. Públicos.        47,135,000
    4   Otras transf. a Org. Privados.        47,135,000
    5   Transf. a Unidades Familiares.       769,629,000
                                           ~~~~~~~~~~~~~~
        -Hogar Constituido                   257,531,000
        -Asignación Familiar                  81,096,000
        -Prima Nacimiento y Matrimonio         3,939,000
        -Servicios médicos                   427,063,000
    7   Becas                                 36,171,000
    9   Tributos Municipales y Nacionales  2,612,940,000
                                          ---------------
1.2.9   Asignaciones Globales.                                 836,537,000
                                                              ------------
III - INVERSIONES.                                           1,819,981,000
========================                                     =============
Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
3     Servicios no Personales.                                  34,128,000
4     Máq, Equipo y Mob. Nuevos.                             1,264,433,000
5     Tierras, ed. y otros activos Preexistentes.              375,474,000
6     Construcciones, Mejoras y Reparac. Ext.                  145,946,000
                                                            --------------

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período set.- diciembre de 1990.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto al Valor Agregado por N$ 2.612:940.000 cuyo monto no es de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.3.AGROINDUSTRIAL.
-----------------------------
I - INGRESOS.                                     N$               N$
=============================            ---------------------------------
A.Ingresos Propios.                                         10,322,273,000
--------------------                                      ----------------
 1.Ventas Netas.                         7,974,565,000
 2.Transf. Interdivisionales.            1,044,687,000
 3.IVA.                                    953,839,000
 4.Varios.                                 349,182,000
                                         -------------
C.Total.                                                    10,322,273,000
=============================                             ================

Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
1.3.0   Retribución de Servicios Personales                  5,713,129,000
   1    Personal presupuestado           1,699,750,000
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Sueldos básicos                 1,699,070,000
        -Adelanto a cuenta                     680,000
   2    Personal contratado              1,683,502,000
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~    
        -Changas.                        1,004,502,000
        -Destajistas.                      622,961,000
        -Otros Contratados.                 55,979,000
        -Adelanto a Cuenta.                     60,000
   3    Otras Compensaciones             2,329,877,000
                                        ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Varios                            461,060,000
        -Prima por Antigüedad              304,063,000
        -Quebranto de Caja                   1,777,000
        -Compensación Producto.            210,724,000
        -Viático Aliment. con Montepío.    703,172,000
        -Viático Aliment. sin Montepío.    649,081,000
                                        ---------------
1.3.1   Cargas Legales sobre Servicios Personales            1,346,158,000
1.3.2   Materiales y Suministros.                            3,884,086,000
1.3.3   Servicios no Personales.                             2,329,877,000
1.3.4   Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                             264,089,000
1.3.7   Subsidios y otras transferencias.                    1,549,721,000
    3   Otras transf. a Org. Públicos.      15,021,000
    4   Otras transf. a Org. Privados.      15,021,000

    5   Transf. a Unidades Familiares.     800,531,000
                                          ~~~~~~~~~~~~~
        -Hogar Constituido                 188,421,000
        -Asignación Familiar                90,536,000
        -Prima Nacimiento y Matrimonio       3,442,000   
        -Servicios médicos                 529,132,000
    7   Becas                               19,892,000
    9   Tributos Municipales y Nacionales  691,256,000
                                          -------------
1.3.9   Asignaciones Globales.                                 186,515,000  
                                                             -------------
III - INVERSIONES.                                             340,454,000
================================                             =============
Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
4     Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                               340,454,000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período set.- diciembre de 1990.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto al Valor Agregado por N$ 691:256.000 cuyo monto no es de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.4.SERVICIOS COMUNES.
---------------------------------

I - INGRESOS                                      N$               N$
==============================            --------------------------------

A.Ingresos Propios.                                         11,757,642,000                                                       
                                                          ----------------
 1.De Terceros.                            5,168,418,000
 2.Transf. Interdivisionales.              6,589,224,000
                                          --------------
B.Financiamiento Externo.                                      176,412,000
-------------------------                                 ----------------
C.Total.                                                    11,934,054,000
=========================                                 ================

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                 67,624,627,000
============================                              ================
              
Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
1.4.0   Retribución de Servicios Personales                 11,025,571,000
   1    Personal Presupuestado             6,486,618,000  
                                          ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Sueldos básicos                   6,482,841,000
        -Adelanto a cuenta                     3,777,000
   2    Personal contratado                  304,814,000
                                          ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Otros Contratados.                  304,814,000
        -Adelanto a Cuenta.                       15,000

   3    Otras Compensaciones               4,234,124,000
                                          ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Varios                            1,092,738,000
        -Prima por Antigüedad                905,901,000
        -Quebranto de Caja                    23,021,000
        -Compensación Producto.              317,603,000
        -Viático Aliment. con Montepío.      985,328,000
        -Viático Aliment. sin Montepío.      909,533,000
                                          ---------------
1.4.1   Cargas Legales sobre Servicios Personales            2,696,383,000  
1.4.2   Materiales y Suministros.                            4,511,180,000
1.4.3   Servicios no Personales.                             8,973,990,000
1.4.4   Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                             376,573,000
1.4.7   Subsidios y otras transferencias.                   34,819,754,000
    3   Otras transf. a Org. Públicos.        67,984,000
    4   Otras transf. a Org. Privados.       273,595,000
    5   Transf. a Unidades Familiares.     3,435,024,000
                                          ~~~~~~~~~~~~~~~
        -Hogar Constituido                   429,371,000 
        -Asignación Familiar                 171,595,000
        -Prima Nacimiento y Matrimonio         8,855,000
        -Retardo Mental                       37,867,000
        -Servicios médicos                2,787,336,000
    9   Tributos Municipales y Nacionales 31,043,151,000   
                                         ----------------
1.4.8   Servicio de Deuda y Anticipos.                       4,805,320,000 
1.4.9   Asignaciones Globales.                                 415,856,000
                                                           ---------------

III - INVERSIONES.                                           4,119,944,000
==========================                                 ===============
Rubro   Denominación                              N$               N$ 
--------------------------------------------------------------------------
0     Retribución de Servicios Personales                      156,337,000
1     Cargas Legales sobre Servicios Personales                 39,263,000
2     Materiales y Suministros                                  35,756,000
3     Servicios no Personales.                               2,263,927,000
4     Máq. Equipo y Mob. Nuevos.                             1,489,092,000
6     Construcciones, Mejoras y Reparac. Ext.                  124,072,000
7     Subsidios y otras Transferencias.                         11,497,000
                                                           ---------------

Incluye las partidas del Programa 204 "Prospec. Recursos Minerales".
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período set.- diciembre de 1990.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto al Valor Agregado por N$ 30.790:288.000 cuyo monto no es de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 111/991 de 
27/02/1991.

Artículo 2

   Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto No. 84/84 del 1o. de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa y entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días  siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la que deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas. La Administración se compromete a no incorporar durante el ejercicio inversiones por un monto mayor a los U$S 12:000.000 (doce millones de dólares) equivalentes a precios promedio de setiembre - diciembre de 1990 N$ 17.160:000.000 incluida la disminución de petróleo crudo y derivados.

Artículo 3

   Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen hasta el efecto (desde su vigencia en este año) del incremento aplicado a partir del 1o. de setiembre de 1990.

Artículo 4

    Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional, Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores promedio de set. - dic. de 1990,y se ajustarán de acuerdo con la evolución que registren dichos parámetros.

Artículo 5

   El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos no menores de 3 meses no mayores de 4.Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.

Artículo 6

   Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales",1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" para financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituídos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional No.7, o mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeameinto y Presupuesto y Tribunal de Cuentas. 

Artículo 7

   La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el Poder Ejecutivo.

Artículo 8

   La prima por Hogar Constituído se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en el art. 24 de la Ley No. 15.903 de 10 de Noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada. 

Artículo 9

   El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1o. de junio de 1986. 

Artículo 10

   Las partidas de gastos (corrientes y de inversión) están calculadas a moneda nacional a nivel promedio de set. - dic. de 1990 y las en moneda extranjera al tipo de cambio de un dólar N$ 1.430 (incluye I.VE.ME.). Las mismas se ajustarán en función de la variación del IPC confeccionado por la Dirección General de Estadística y Censos y la evolución del tipo de cambio vendedor respectivamente.

Artículo 11

   Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo. Las asignaciones presupuestales se afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios. 

Artículo 12

   En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se aplica lo dispuesto en la Norma No.1 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.

Artículo 13

   El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá para reforzar los restantes rubros salvo el Rubro 0 "Retribución de Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales"; el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por Personal en Actividad". La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9 "Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo. 

Artículo 14

   Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el a|o y según lo dispuesto por el art. 228 de la Constitución rigen las partidas ajustadas del último presupuesto aprobado. 

Artículo 15

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 16

   Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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