REGLAMENTACION DE LA LEY 14.629 QUE CREO EL IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION




Promulgación: 23/02/1977
Publicación: 08/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 338
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.629 de 05/01/1977.
Referencias a toda la norma
  Visto: la necesidad de reglamentar la ley 14.629 de 5 de enero de 1977
que creó el Impuesto Aduanero Unico a la Importación.

  Considerando: que la citada norma legal ha establecido en su artículo 6º
una nueva base de liquidación del tributo referido, implantando el "Valor
en Aduana".

  Atento: a que el artículo 7º impone al Poder Ejecutivo incorporar en
esta reglamentación la definición de "Valor en Aduana" adoptada por el
Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas y las Notas Interpretativas
correspondientes.

  Con: lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías
Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

                  El Presidente de la República

                              DECRETA:

CAPITULO I - IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION

Artículo 1

  Hecho gravado.- El "Impuesto Aduanero Unico a la Importación" (IMADUNI),
grava la introducción al país, en forma definitiva, para consumo, o uso
propio, o de terceros de toda mercadería procedentes del exterior. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ALEJANDRO ROVIRA
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