REGLAMENTACION DE LA LEY 14.629 QUE CREO EL IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION




Promulgación: 23/02/1977
Publicación: 08/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 338
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.629 de 05/01/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION

Artículo 23

  Momento de la liquidación.- A los efectos de la liquidación del IMADUNI
serán aplicables las normas vigentes a las siguientes fechas:

A)   La de numeración y registro del despacho aduanero, o del expediente
     en su caso, para la importación normal de mercaderías;

B)   La de detención o denuncia en los casos de contrabando; y

C)   La de numeración y registro de despacho de nacionalización en los
     casos de mercaderías introducidas al país al amparo del régimen de
     admisión temporaria.
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