TÍTULO II
REGISTRO DEL CANNABIS CAPÍTULO QUINTO
Sección Adquirentes
Artículo 75
A efectos de su inscripción deberá presentarse ante el IRCCA la siguiente
documentación:
* Cédula de identidad uruguaya
* Ciudadanía legal o natural uruguaya o residencia permanente
debidamente acreditada
* Constancia de domicilio o factura de servicio público a nombre del
interesado.
La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta
Sección tendrá carácter de dato sensible (artículos 8 de la Ley No. 19.121
y 18 de la Ley No. 18.331) quedando prohibido su tratamiento, salvo con el
consentimiento expreso y escrito del titular.