VISTO: La creación de la Secretaría Nacional del Deporte dispuesta por la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015 y por el artículo 86 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015;
RESULTANDO: I) que por la normativa legal citada se creó la Secretaría Nacional del Deporte como órgano desconcentrado dependiente del Inciso 02 "Presidencia de la República", y se suprimió la Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte" del Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte", disponiéndose que todos los cometidos, atribuciones y competencias pertenecientes a la Unidad Ejecutora suprimida fueran transferidos a dicha Secretaría Nacional, así como todos los bienes, créditos, recursos y partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de la competencia en materia de deportes;
II) que por los artículos 86 a 112 y 115 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, se dictaron disposiciones referentes a la ley de creación de la Secretaría Nacional, otorgando créditos presupuestales y autorización para su disponibilidad en las condiciones allí previstas;
CONSIDERANDO: que en ejercicio de la potestad reglamentaria constitucional, corresponde al Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo que, especificando detalles del traspaso de recursos humanos, materiales y financieros, concrete la redistribución de competencias entre dependencias de la Administración Central dispuesta por ley de creación de la Secretaría Nacional del Deporte;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015, al artículo 86 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, al Decreto 205/016 de 4 de julio de 2016 y a lo dispuesto por el Numeral 4° del Artículo 168 de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Asígnanse a la Unidad Ejecutora 011 "Secretaría Nacional del Deporte", del Inciso 02 "Presidencia de la República", los cometidos previstos en el artículo 1° de la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015 en la redacción dada por el artículo 98 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, así como todas las competencias que pertenecían a la Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte" del Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte", suprimida por el artículo 2° de dicha norma legal.