REGLAMENTACION DE LAS JUNTAS REGIONALES ASESORAS DE RIEGO




Promulgación: 02/04/2003
Publicación: 08/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 674
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.858 de 03/09/1997 artículos 29, 30 y 31.

ELECCION DE LOS REPRESENTANTES REGANTES

Artículo 10

 (Organización) Cada JRAR se encargará de la organización del acto 
eleccionario correspondiente a su jurisdicción. Confeccionará el padrón 
electoral y determinará la hora y el lugar del acto eleccionario; que 
será publicado en las carteleras de los locales de las oficinas 
regionales que correspondan de los Ministerios de Ganadería, Agricultura 
y Pesca y de Transporte y Obras Públicas, conjuntamente con el 
procedimiento de elección y la lista de postulantes. 
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