Decreto N° 128/003
REGLAMENTACION DE LAS JUNTAS REGIONALES ASESORAS DE RIEGO
Promulgación: 02/04/2003
Publicación: 08/04/2003
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 2003
- Página: 674
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.858 de 03/09/1997 artículos 29, 30 y 31.
FUNCIONAMIENTO
Artículo 22
(Quórum) El quórum mínimo para sesionar será de tres miembros, uno de
los cuales deberá ser el Presidente o Secretario.
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