REGLAMENTACION SANITARIA DE ESTABLECIMIENTOS DE ELABORACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO COMESTIBLES




Promulgación: 15/04/2004
Publicación: 27/04/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 771
Ver vigencia:
      Decreto Nº 374/006 de 09/10/2006 artículos 1 y 2,
      Decreto Nº 529/005 de 19/12/2005 artículos 1 y 2.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

 Reducción y Proceso Térmico. Los procesos de reducción y tratamiento 
térmico de las materias primas, se realizarán de acuerdo a los requisitos 
y condiciones establecidas por la Dirección General de Servicios 
Ganaderos, en función de tratamientos reconocidos a nivel internacional, 
que aseguren la inactivación de agentes de las Encefalopatías 
Espongiformes Transmisibles (EET).
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