CEREALES. ELABORACION DE HARINAS DE TRIGO ENRIQUECIDAS CON VITAMINAS Y MINERALES




Promulgación: 04/05/2006
Publicación: 09/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 871
VISTO: los estudios realizados por el Comité de Nutrición de la Sociedad
Uruguaya de Pediatría, en proyecto conjunto con la UNICEF, de los que
surgen evidentes carencias nutricionales;

RESULTANDO: I) que se hace necesaria la toma urgente de medidas
sanitarias tendientes a prevenir enfermedades como anemia y
malformaciones del tubo neural como anencefalia y espina bífida;

II) que a tales fines se entiende pertinente mejorar el aporte dietario
de hierro y ácido fólico entre la población en general.

CONSIDERANDO: I) que consultadas las gremiales industriales de harineros,
panaderos y en general de elaboradores de productos alimenticios, surge
la necesidad de otorgar plazo prudencial para la incorporación a los
alimentos pre-envasados (industrializados) de harinas fortificadas, con
hierro y ácido fólico, a efecto de dar cabal cumplimiento de las
disposiciones reglamentarias vigentes;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por los
Artículos 1º, 2º, 19º, 20º y 21º de la Ley Orgánica de Salud Pública Nº
9.202 de 12 de enero de 1934 y las disposiciones contenidas en el Decreto
del Poder Ejecutivo No. 315/994 de 5 de julio de 1994 "Reglamento
Bromatológico Nacional";

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Las harinas de trigo envasadas en ausencia del cliente y prontas para la
oferta al consumidor, las destinadas al uso industrial, incluyendo las de
panificación y las harinas de trigo con agregado de otros ingredientes
para usos específicos, ya sean importadas o de fabricación nacional,
serán enriquecidas o fortificadas con hierro, y ácido fólico en los
niveles que a continuación se indican:

FORTIFICANTE     COMPUESTOS       ESPECIFICACIONES      NIVEL DE
                 FUENTE           DE LOS COMPUESTOS(*)  ADICIÓN
                 Sulfato ferroso  FCC                   30 mg/kg
Hierro           deshidratado                           (como
                                                        Fe elemental)
                 Fumarato         FCC
                 ferroso
Acido fólico     Acido fólico     FCC                   2.4 mg/kg
(*) ABREVIATURAS:
FCC: Food Chemicals Codex, EE.UU.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 62/012 de 28/02/2012 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 2, 3, 5, 6 y 7.
Referencias al artículo

RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ - MARIO BERGARA - MARTIN PONCE DE
LEON
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