REGLAMENTACION DEL ART. 50 DE LA LEY 19.996, RELATIVA A LA CREACION DE COMPENSACION POR TAREAS DE ESPECIALIZACION O POR TAREAS DE MAYOR RESPONSABILIDAD EN EL PROGRAMA 484 "POLITICAS DE GOBIERNO ELECTRONICO" DE LA AGESIC
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 50.
Artículo 4
(Montos).- Los montos de las compensaciones previstas en el presente Decreto se actualizarán en la misma oportunidad y forma que el Poder Ejecutivo determine para las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central, de la siguiente manera:
Se podrá determinar por dicho concepto hasta un máximo del 20% (veinte por ciento) sobre el nominal total del funcionario/a al momento del otorgamiento de la citada compensación, considerando para la solicitud, evaluación y determinación de la compensación, la presentación de: justificación de la ampliación de las responsabilidades asignadas, considerando asignaciones asociadas a, coordinación, gestión y/o liderazgo; o justificación de asignación de funciones que requieran para su desarrollo la especialización en determinada temática, disciplina o área de intervención. En cualquiera de los casos, al realizar la presentación de la solicitud deberá adjuntarse la evaluación de desempeño de los últimos 2 (dos) años, con respecto al funcionario que corresponda.