SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Artículo 50
Créase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento", programa 484 "Política de Gobierno Electrónico", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una compensación especial por tareas de especialización o por tareas de mayor responsabilidad.
Reasígnase a efectos de financiar lo dispuesto en el inciso anterior, la suma de $ 4.066.250 (cuatro millones sesenta y seis mil doscientos cincuenta pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, desde el objeto del gasto 095.002 "Fondo para Contratos Temporales Derecho Público y Provisoriatos" al objeto del gasto 042.574 "Comp. Especial p/ tareas Espec. o mayor Respons. AGESIC", más aguinaldo y cargas legales.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 132/023 de 25/04/2023.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).