INTERVENCION ADMINISTRATIVA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 27/04/2004
Publicación: 03/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 828
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 280.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - CLASES DE INTERVENCION

Artículo 4

   La intervención administrativa de una Institución de Asistencia Médica 
Colectiva podrá decretarse, con o sin desplazamiento de sus autoridades, 
según la misma suponga o no, la sustitución temporaria de las autoridades 
de la Institución.
   En ningún caso la intervención podrá ser por un lapso mayor de un año.
Referencias al artículo
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