REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 502, 503 Y 504 DE LA LEY 15.903, RELATIVO A LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES




Promulgación: 14/05/2018
Publicación: 18/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículos 502, 503 y 504.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   (Información confidencial). Cuando el oferente incluya información confidencial en su oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del TOCAF, será de su exclusiva responsabilidad ingresar la misma indicando expresamente tal carácter, en archivo separado de la parte pública de su oferta.

   En la parte pública de su oferta, deberá incluir un resumen no confidencial de la información confidencial que entregue (artículo 30 del Decreto N° 232/010 de 2 de agosto de 2010).

   Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial no serán divulgados a los restantes oferentes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).
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