Los proyectos de resolución deberán ser remitidos a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto con una antelación mínima de quince días a la
fecha prevista de salida al exterior, acompañando la siguiente
información:
a) antecedentes o motivos de la misión incluyendo la invitación o
convocatoria respectiva;
b) cargo que ocupa el funcionario propuesto y tareas que desempeña;
c) sumaria estimación de los resultados aguardados;
d) justificación del número de delegados propuestos;
e) fondos a los que se imputan los gastos previstos;
f) motivo por el cual no puedan llevar a cabo la misión los
funcionarios del servicio exterior que presten funciones en el lugar
donde habrá de realizarse la misma. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia:
Decreto Nº 118/016 de 25/04/2016 artículo 1,
Decreto Nº 108/015 de 07/04/2015 artículos 1 y 4.
Ver en esta norma, artículos:6 y 12.