Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS CAPITULO III - AJUSTE DE RESULTADOS SECCION II - RENTA BRUTA
Artículo 15-BIS
Subsidios de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.- Las sumas otorgadas por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación en carácter de subsidios a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas no constituirán renta bruta a efectos de la liquidación del tributo. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 330/016 de 13/10/2016 artículo 12.