APROBACION DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS. ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS. EJERCICIO 1974. EJERCICIO 1975




Promulgación: 19/02/1975
Publicación: 27/02/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Decreto Nº 134/978 de 08/03/1978 artículo 4.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Para asegurar y acrecentar la capacidad y eficiencia operativa de los Puertos Nacionales, el Directorio podrá atender las necesidades del Personal Contratado (Renglón 021) que pudieran sobrevenir en cualesquiera de las Gerencias Generales del Instituto mediante la adecuada redistribución del personal excedente de la misma naturaleza que exista en las otras Gerencias Generales.
   Las distintas denominaciones del personal contratado (Renglón 021) de que aquí se trata, denominaciones internas, y no transparentadas en el Presupuesto, así como las consecuencias que pretendieran extraerse de aquellas, en lo relativo a las tareas que les atañe, no podrán impedir que se realice la redistribución antedicha.
   Igualmente y para obtener las mismas finalidades el Directorio podrá satisfacer las necesidades de las distintas Gerencias Generales redistribuyendo entre ellas los funcionarios del Rubro 0, Subrubro 01, Renglones 012, 013 y 014 que sean titulares de cargos con sueldos básicos equivalentes y aunque con distinta denominación, sirvan para atender aquellas necesidades por la naturaleza de las tareas que le son propias.
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