APROBACION DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS. ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS. EJERCICIO 1974. EJERCICIO 1975




Promulgación: 19/02/1975
Publicación: 27/02/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Decreto Nº 134/978 de 08/03/1978 artículo 4.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Facúltase al Directorio de la Administración Nacional de Puertos para proceder a la regulación de los Jornaleros del Rubro 0, Subrubro 04, que estén desempeñando tareas de tipo permanente y que tengan una antigüedad mínima de 8 años, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12.
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