DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LA ACTIVIDAD NECESARIA PARA LA PUESTA A DISPOSICION DE INFRAESTRUCTURA, QUE PERMITA MEJORAR LA SEGURIDAD DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, Ley de Inversiones Promoción Industrial;
RESULTANDO: I) la necesidad de promover la actividad necesaria para la puesta a disposición de infraestructura que permita mejorar la seguridad del suministro de Agua Potable al Sistema Metropolitano y la realización de las obras y servicios necesarios para tal fin;
II) que el Pliego correspondiente al proyecto del servicio de puesta a disposición de la infraestructura que permita a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) la producción de hasta 200.000 m3/d netos de agua potable, a partir de agua bruta captada desde el Río de la Plata y la conducción de la misma al Sistema Metropolitano, incluyendo las obras y servicios necesarios para tal fin, contiene previsiones de beneficios tributarios;
CONSIDERANDO: que los estímulos tributarios son importantes a efectos de viabilizar las inversiones necesarias para la concreción de este proyecto;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el Decreto-Ley de Promoción Industrial N° 14.178, de 28 de marzo de 1974, el Decreto-Ley N° 15.637, de 28 de setiembre de 1984, la Ley de Inversiones. Promoción Industrial N° 16.906, de 7 de enero de 1998, el Decreto N° 45/013, de 6 de febrero de 2013, y a que se cuenta con opinión favorable de la Comisión de Aplicación (COMAP) a que refiere el artículo 12 de dicha Ley;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad necesaria para la puesta a disposición de la infraestructura que permita a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) la producción de hasta 200.000 m3/d netos de agua potable, a partir de agua bruta captada desde el Río de la Plata y la conducción de la misma al Sistema Metropolitano, incluyendo las obras y servicios necesarios para tal fin, que fuera convocada por dicho servicio descentralizado mediante Licitación Pública Internacional N° 23980. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 252/023 de 21/08/2023 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos:2, 3, 3 - BIS y 4.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 1.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - OMAR PAGANINI - ROBERT BOUVIER