FIJACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS A LA COMPATIBILIDAD DE LA JUBILACION
POR INDUSTRIA Y COMERCIO CON LA ACTIVIDAD BAJO LA MISMA AFILIACION ESTABLECIDA EN LA LEY 19.006
Cuando la compatibilidad se autorice, la resolución indicará el sector o
los sectores de actividad comprendidos, con indicación de los códigos
correspondientes al mismo en la Clasificación Industrial Internacional
Uniforme (CIIU), así como los oficios, profesiones o categorías laborales
alcanzadas, y el plazo durante el cual regirá la misma, sin perjuicio de
las facultades de revocación anticipada previstas en la Ley.