El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.973 de 13/08/2021 artículo 20 - BIS.
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 3
(Definición de contrato de primera experiencia laboral). Se entiende por contrato de primera experiencia laboral el que comprenda a los jóvenes que no hayan tenido experiencia formal de trabajo previa, por un plazo mayor a los 90 (noventa) días, de acuerdo con lo establecido en la Sección Segunda del Capítulo Cuatro de la Ley de Promoción del Empleo N° 19.973, de 13 de agosto de 2021.